RESICO para tiendas: límites, tasas y qué pasa si los superas

Fiscal6 min de lectura

El Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas aplica hasta 3.5 millones de pesos de ingresos anuales, con tasas de ISR de 1% a 2.5% según el nivel de ingreso. Al superar el límite el SAT reasigna al régimen general y puede restringir el sello digital.

Para muchas tiendas pequeñas y medianas el Régimen Simplificado de Confianza es la diferencia entre una carga fiscal manejable y una que no lo es. Las tasas son notablemente menores que la tarifa general y las obligaciones administrativas son más ligeras.

Pero tiene un límite duro, y cruzarlo no es gradual: el cambio de régimen ocurre y el sello digital puede quedar restringido mientras se regulariza.

¿Cuál es el límite de ingresos?

Para personas físicas, 3.5 millones de pesos de ingresos anuales. Es un tope de facturación, no de utilidad: cuenta lo que vendes, no lo que ganas.

Para una tienda eso equivale a un promedio cercano a 291,000 pesos de venta al mes. Es un umbral que se alcanza con más facilidad de lo que muchos dueños suponen.

¿Cuáles son las tasas de ISR?

Se aplican de forma progresiva sobre los ingresos efectivamente cobrados del mes:

Ingresos mensuales hastaTasa de ISR
$25,0001.00%
$50,0001.10%
$83,333.331.50%
$208,333.332.00%
$3,500,000 anuales2.50%

La tasa se aplica sobre el ingreso, sin deducciones. Esa es la contrapartida de que sea tan baja.

¿Qué obligaciones tiene una tienda en RESICO?

  • RFC activo, e.firma y buzón tributario habilitado.
  • Emitir CFDI por todos los ingresos, incluida la factura global del público en general.
  • Presentar declaraciones mensuales y la anual.
  • El artículo 113-G de la Ley del ISR dispensa de llevar contabilidad electrónica en los términos del Código Fiscal, lo que reduce bastante la carga administrativa.

¿Qué pasa si superas los 3.5 millones?

El SAT lo detecta automáticamente y te reasigna al régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a partir del mes siguiente. Además puede restringir el sello digital hasta que regularices obligaciones, y sin sello no puedes emitir CFDI.

La buena noticia es que no es definitivo: se puede volver al RESICO en ejercicios posteriores si los ingresos regresan al límite y estás al corriente.

Por qué importa medir la venta acumulada

El riesgo real no es superar el límite: es superarlo sin darse cuenta. Si sólo miras el corte del día, el acumulado anual pasa desapercibido hasta que ya ocurrió.

Un sistema que te muestre la venta acumulada del ejercicio convierte ese límite en algo que puedes anticipar y planear con tu contador, en lugar de descubrirlo cuando el sello ya está restringido.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de ingresos del RESICO para personas físicas?

3.5 millones de pesos de ingresos anuales. Es un límite sobre lo facturado, no sobre la utilidad.

¿Cuánto ISR se paga en RESICO?

Entre 1% y 2.5% según el nivel de ingresos mensuales, aplicado sobre el ingreso cobrado y sin deducciones.

¿Qué pasa si supero el límite a mitad del año?

El SAT te reasigna al régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a partir del mes siguiente, y puede restringir tu sello digital hasta que regularices obligaciones.

¿Puedo regresar al RESICO después?

Sí, en ejercicios posteriores, siempre que tus ingresos vuelvan a estar dentro del límite y estés al corriente de tus obligaciones.

¿Tengo que llevar contabilidad electrónica?

El artículo 113-G de la Ley del ISR dispensa a los contribuyentes del RESICO de llevar contabilidad electrónica en los términos del Código Fiscal, aunque la obligación de emitir CFDI por todos los ingresos se mantiene.

Pruébalo en tu propio mostrador
quince días, sin tarjeta

Descárgalo y móntalo en tu caja con tus productos y tus precios. Es el sistema completo, sin funciones bloqueadas, y lo que captures se conserva cuando actives la licencia.

¿Prefieres que te lo mostremos primero? Agenda una demo

Sin tarjeta de crédito · El sistema completo · Soporte en español

¿Hablamos?