Multas del SAT por no facturar: montos reales y cómo evitarlas

Fiscal5 min de lectura

No expedir CFDI estando obligado, no entregarlo al cliente o condicionarlo a que entregue su Constancia de Situación Fiscal son infracciones con multa. En reincidencia el SAT puede ordenar la clausura del establecimiento de tres a quince días, además de la multa correspondiente.

Casi todos los dueños de tienda saben que hay que facturar. Muchos menos saben que existe una infracción específica por pedirle al cliente su Constancia de Situación Fiscal como condición para darle su factura, y que esa multa es de las más altas del catálogo.

¿Qué conductas se sancionan?

El artículo 83 del Código Fiscal de la Federación tipifica varias infracciones relacionadas con comprobantes. Las que más aplican a un comercio son:

  • No expedir CFDI estando obligado a hacerlo.
  • No entregar o no poner el comprobante a disposición del cliente.
  • Expedir comprobantes sin cumplir los requisitos fiscales.
  • Condicionar la emisión del CFDI a que el cliente entregue su Constancia de Situación Fiscal.

¿De cuánto son las multas?

ConductaRango de multa
Condicionar el CFDI a la Constancia de Situación Fiscal (primera infracción)$21,420 a $122,440
La misma conducta, para contribuyentes del Capítulo II Sección II del Título IV de la LISR$2,150 a $4,270
Reincidencia o conducta grave y sistemáticaMulta más clausura de 3 a 15 días

¿Puedo pedir la Constancia al cliente?

Puedes pedirle los datos que necesitas para facturar —RFC, nombre, código postal, régimen fiscal y uso de CFDI— pero no puedes condicionar la emisión a que entregue el documento.

La diferencia es sutil en el mostrador y grande en la ley: pedir información está bien; negarse a facturar sin el papel, no.

Cómo se evita en la práctica

  1. 1Emitir la factura global del periodo para amparar todas las ventas al público en general que nadie facturó.
  2. 2Poner a disposición del cliente un portal de autofacturación, para que no dependa del mostrador ni del horario.
  3. 3Capturar sólo los datos, sin exigir la Constancia como documento.
  4. 4Vigilar la vigencia del Certificado de Sello Digital: sin sello no hay forma de cumplir.
  5. 5Cuadrar periódicamente lo vendido contra lo facturado, que es exactamente el cruce que hace una revisión.

El punto de fondo es que la mayoría de estas infracciones no vienen de mala fe, sino de fricción: facturar es incómodo y se pospone. Quitar la fricción es la mejor prevención.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a facturar si el cliente no trae su Constancia de Situación Fiscal?

No. Condicionar la emisión del CFDI a la entrega de la Constancia es una infracción prevista en el artículo 83 del Código Fiscal de la Federación, sancionada con multa que puede ir de $21,420 a $122,440 en la primera infracción.

¿El SAT puede cerrar mi negocio por no facturar?

En casos de reincidencia o cuando la conducta es grave y sistemática, puede ordenar la clausura preventiva del establecimiento de tres a quince días, además de la multa.

¿Qué pasa con las ventas que nadie factura?

Se amparan con la factura global del periodo, emitida al RFC genérico del público en general. No emitirla deja esos ingresos sin comprobante.

¿Qué datos sí puedo pedirle al cliente?

RFC, nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal, régimen fiscal y uso de CFDI. Lo que no puedes es exigir la Constancia como documento para acceder a facturar.

¿Cómo detecta el SAT que no estoy facturando?

Entre otras vías, cruzando los depósitos y la información financiera contra los CFDI emitidos. Por eso conviene que lo vendido y lo facturado salgan del mismo sistema.

Pruébalo en tu propio mostrador
quince días, sin tarjeta

Descárgalo y móntalo en tu caja con tus productos y tus precios. Es el sistema completo, sin funciones bloqueadas, y lo que captures se conserva cuando actives la licencia.

¿Prefieres que te lo mostremos primero? Agenda una demo

Sin tarjeta de crédito · El sistema completo · Soporte en español

¿Hablamos?