El CFDI 4.0 valida los datos del receptor contra el padrón del SAT al momento de timbrar. Si el nombre, el RFC o el código postal no coinciden exactamente con la Constancia de Situación Fiscal, el comprobante se rechaza antes de generarse. Aquí está qué configurar para que eso no pase.
El cambio de fondo del CFDI 4.0 no fue agregar campos. Fue mover la validación: ahora el SAT verifica los datos del receptor contra su propio padrón en el momento de timbrar, no después. Si algo no coincide, el comprobante simplemente no se genera.
Para un comercio eso cambia la experiencia en el mostrador. Un dato mal capturado ya no es un problema que se descubre semanas después: es un error que aparece frente al cliente, mientras espera su factura.
¿Qué datos del receptor deben coincidir exactamente?
Tres campos tienen que ser idénticos a lo que aparece en la Constancia de Situación Fiscal del cliente. No parecidos: idénticos.
| Campo | Qué exige el SAT | Dónde se equivoca la gente |
|---|---|---|
| RFC | Debe existir y estar activo en el padrón | Confundir una letra con un número, o usar un RFC dado de baja |
| Nombre o razón social | Exactamente como aparece en la Constancia | Agregar o quitar "S.A. de C.V.", acentos o puntos |
| Código postal | El del domicilio fiscal, no el de entrega | Usar el CP de la sucursal o del domicilio particular |
| Régimen fiscal del receptor | El que el cliente tiene registrado | Suponerlo en lugar de preguntarlo |
¿Qué es el objeto de impuesto y por qué rechaza tantas facturas?
El campo ObjetoImp declara si cada concepto de la factura causa impuesto o no. Es obligatorio por concepto, no por factura, y es de los tres errores que más rechazos provocan junto con el régimen fiscal del receptor y el código postal.
En un comercio la mayoría de los productos sí son objeto de impuesto, pero no todos: los medicamentos de patente y varios alimentos básicos llevan tasa 0%, y hay conceptos que no causan impuesto. Configurar esto una vez en el catálogo evita el problema en cada venta.
¿Puedo exigirle al cliente su Constancia de Situación Fiscal?
No. Condicionar la emisión de la factura a que el cliente entregue su Constancia es una infracción prevista en el artículo 83 del Código Fiscal de la Federación, y se sanciona con multa.
Puedes pedirle los datos —RFC, nombre, código postal y régimen— pero no puedes negarte a facturar porque no traiga el documento.
Qué conviene configurar antes de facturar
- 1Revisa que tu propio régimen fiscal y código postal estén correctos en el sistema: los errores del emisor también rechazan el timbrado.
- 2Configura el objeto de impuesto y la tasa de cada producto en el catálogo, no en cada venta.
- 3Define qué uso de CFDI aplica por defecto y permite cambiarlo cuando el cliente lo pida.
- 4Verifica la vigencia de tu Certificado de Sello Digital antes de que se acerque su vencimiento.
- 5Deja un camino para que el cliente facture solo, con los datos de su ticket, sin ocupar el mostrador.
Los errores que más rechazos provocan
- Régimen fiscal del receptor equivocado. Es el rechazo más común y casi siempre viene de suponerlo.
- Código postal del receptor distinto al de su domicilio fiscal.
- Objeto de impuesto mal declarado en algún concepto de la factura.
- Nombre con variaciones mínimas respecto a la Constancia: un acento, un punto, una abreviatura.
- Uso de CFDI incompatible con el régimen del receptor.
Cómo se resuelve desde el sistema
Lo importante es que el CFDI salga de la venta que ya se registró en la caja, sin recapturarla en otro portal. Eso elimina de raíz la diferencia entre lo vendido y lo facturado, que es justo lo que una revisión busca al cruzar depósitos contra comprobantes emitidos.
En 2POS el CFDI 4.0 se emite desde el ticket, y el portal de autofacturación permite que el cliente genere el suyo con los datos de su compra.